miércoles, 7 de noviembre de 2012

Comisión para la Reforma to be continued




Mahatma Gandhi (1869-1948)  Político y pensador indio.
Aquellas personas que no están dispuestas a pequeñas reformas, no estarán nunca en las filas de los hombres que apuestan a cambios trascendentales.

Como lo prometido es deuda (Quo-Vadis Sector-publico o la senda de los elefantes) simplemente quiero reseñar que hoy día 7 de noviembre de 2012 se ha constituido la anunciada Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas que persigue "acercar" la Administración al ciudadano, "vertebrar" el conjunto del Estado y, por último, "adaptar" el Sector Público a las nuevas herramientas de gestión que demanda  la era del siglo XXI en un mundo interdependiente.

La Comisión que se adscribe al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, estará presidida por el subsecretario de la Presidencia, Jaime Pérez Renovales, y tendrá como vicepresidenta a la subsecretaria de Hacienda y Administraciones Publicas, Pilar Platero. La secretaría recaerá en el director general de Coordinación de Competencias con las CCAA y las entidades locales, Jaime Parrondo.

Como primera medida de "racionalización" administrativa se  ha anunciado  la inminente reordenación del parque móvil del Estado, con lo que se espera conseguir un ahorro sustancial en la gestión de los recursos públicos. Por otra parte está previsto que el próximo 30 de junio se presente la propuesta de reforma integral de las administraciones, siguiendo el método de auditorias de "abajo a arriba" que dé con la estructura idónea del Estado.


Asimismo merece subrayarse los avances detectados en relación al Anteproyecto de Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, según los datos que se han anunciado respecto a uno de los principales ejes sobre los que pivota el mismo; me refiero al coste que genera el ejercicio de las  "competencias impropias" por parte de los Entes Locales, de acuerdo con el estudio realizado por la FEMP que corrobora los datos ya anunciados por el Instituto de Estudios Fiscales.

P.D.: Por último, como ya habéis tenido ocasión de comprobar, me gusta citar los artículos que me han resultado interesantes por su contenido o por la clave de humor en que estén escritos.  Por ello, no quiero dejar de pasar esta oportunidad con este post de Antonio Arias Rodríguez en su blog fiscalizacion.es ¡¡¡aviso para navegantes¡¡¡¡¡

viernes, 2 de noviembre de 2012

Quo Vadis Sector Público o la Senda de los Elefantes


 

Tiempos de Reforma en el Sector Público

De un tiempo a esta parte se viene reclamando por los operadores públicos y privados que se acometan reformas de calado en esta galaxia administrativa que conforma el Sector Público Español, de manera que sirva a los intereses generales del Estado, logrando esa tercera dimensión, la cuadratura del círculo que haga factible la sostenibilidad del Estado de Bienestar.  
No es de extrañar por ello que en el actual Estado Autonómico español, afectado por quinto año consecutivo por esta feroz crisis económica, se  alcen voces que lo cuestionan tanto por arriba (desde las instancias supranacionales) como desde abajo (Entes Regionales y Locales) y, también, a escala democrática.

Desde el punto de vista democrático, merece reseñarse la viral  crítica que los propios partidos políticos están proyectando sobre el mismo, como es de esperar en un Estado de Partidos   informado por el  principio de la democracia representativa. Sin embargo, toca ahora subrayar  la posición adoptada por la  propia ciudadanía, que està tomando la  calle y  las redes sociales como foro de debate y encuentro,  en definitiva,  como instrumentos de acción colectiva y de nueva democracia directa, recuperando la voz perdida en este concierto democrático. Si alguien hubiera pensado en diseñar una campaña de marketing viral, no creo que los creativos y el resto del equipo de la agencia de publicidad de turno hubieran dejado de utilizar algunas de esta ideas que, espontáneamente, van surgiendo en el desarrollo y evolución de esta crisis.

Con todo, podemos lanzar un brindis al sol dado que finalmente el pasado 26 de octubre de 2012 se aprobaba en Consejo de Ministros la creación de una Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas, teniendo por objetivo principal seguir  la senda de la estabilidad presupuestaria, confluyendo medidas que faciliten racionalizar el gasto público e  incrementar el ahorro a través de la  racionalización administrativa y la implantación de Códigos de Buenas Práctica

De acuerdo con este esquema, en el seno de esta Comisión que estará adscrita al Ministerio de Hacienda y Administración Pública, se van a crear tantas subcomisiones como se consideren necesarias para el logro de este ambiciosos objetivo que haga recuperar la competitividad española, siendo de obligatoria constitución las cuatro siguientes, dedicadas respectivamente a solucionar el  problema de las duplicidades administrativas,  la adopción de medidas de simplificación administrativa, la gestión de Servicios y Medios Comunes, y el estudio de racionalizacion de la históricamente llamada Administración Institucional.

En resumen, un programa hercúleo de reformas que afronta directamente las críticas avanzadas frente a la actuación del conjunto de los poderes públicos. Medidas de modernización administrativa clásicas que requieren de soluciones renovadas, pero sobre todo ágiles ya que, efectivamente, en el escenario descrito, la celeridad debe ser reclamada como un valor de primer orden, reclamando para este ámbito de la reforma administrativa el viejo adagio Una justicia lenta no es justicia, y sino al tiempo, porque las hordas de elefantes ciudadanos pueden socavar el edificio autonómico, y no estoy segura de tener a un Jhon Wayne y su ¡¡¡¡Hatari¡¡¡¡¡ para calmar a las fieras.

 Respecto a las medidas de reforma apuntadas, pretendo ir dando cuenta de las acciones que se emprendan, señalando asimismo las aportaciones que se hagan desde la Ciencia de la Administración, y que  arrojen luz sobre este asunto.

De esta manera,   prestaré especial atención a la  implantación de modelos que han resultado exitosos en la gestión privada, y que espero se desarrollen de un modo que transite desde la imitación hasta la innovación (Les Metcalfe) porque, como sabemos, en el ámbito de la gestión pública existen peculiaridades que demandan un enfoque distinto, no economicista, que reside en la esencia del valor de lo público.

Quedamos a la espera entonces,

P.D. Si te ha gustado este post, puedes también pinchar  aquí donde avanzaba determinadas líneas rojas en el Estado Social y Democrático español.


Reglamento de Despido Colectivo





Una vez más las anotaciones en este blog se dirigen hacia medidas aisladas que se van tomando por el ejecutivo español al calor de la crisis económica, en cumplimiento de la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del Mercado Laboral.

Así las cosas, en el BOE se publicaba el Real Decreto 1483/2012, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada, el cual ha sido objeto de análisis en diversos Blogs que, por su interés,  reseño al final de este texto, siendo ésta mi particular aportación, a modo de resumen, del  debate reformista.

El principal objetivo que  persigue esta norma es adecuar  los procedimientos a las reformas acometidas en el Estatuto de los Trabajadores y al espíritu de  la  Directiva 98/59/CE del Consejo, de 20 de julio de 1998, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados Miembros que se refieren a los despidos colectivos. Por ello se hace especial hincapié en el  cambio del papel que va a desempañar la autoridad laboral y se centra el foco de atención en  la efectividad del periodo de consultas, verdadera esencia del procedimiento, una vez que ha sido eliminado el trámite de autorización administrativa previa.

Con este propósito, se estructura la regulación en tres títulos, dedicando el primero a los procedimientos, y el segundo a las especialidades de su régimen jurídico cuando los mismos  deriven de fuerza mayor. Por último, el tercer título, que es el que ahora nos interesa, regula las especialidades de los despidos colectivos para el personal laboral del sector público.

De este modo, como peculiaridades del Sector Púlbico cabe subrayar el ámbito subjetivo de aplicación en el que se  recepciona el enfoque de circulos de niveles de sometimiento a la norma, de forma análoga al tratamiento que inspiró la normativa de contratación en el Sector Público. 

En consecuencia, sólo a los entes que conforman el Sector Público  definidos como Administración Pública  en los términos dispuestos en el artículo 3.2 del TRLCSP se les aplicará en su integridad  las especialidades reguladas en el Título III, sometiendo al resto de personificaciones integrantes del Sector Público al régimen general que se regula en los Títulos I y II del Real Decreto.

Por su parte, en el artículo 35.3 se especifican las causas económicas (Insuficiencia Presupuestaria sobrevenida  y persistente, entendiendo que concurre ésta cuando se produce durante tres ejercicios económicos consecutivos), Técnicas (cambios en el ámbito de los medios e instrumentos de prestación de servicios públicos) y Organizativas (cambios en los sistemas y métodos de Trabajo).

Por último, destacaría dos artículos del régimen que se pretende implantar. Por un lado, el artículo 41, que prioriza la meritrocracia del personal laboral fijo para permanecer en el ente, organismo o entidad pública afectada y, en segundo lugar, el artículo 45 que regula asimismo el Plan de Recolocación externa, cuando proceda según el número de trabajadores afectados, el cual será elaborado por los Servicios de Empleo Estatal o Autonómicos, dependiendo del ámbito de aplicación.

Por si resulta de vuestro interés, a continuación linkeo posts (contencioso.es fiscalizacion.es estudiconsultoria.com) que me han resultado bastante clarificadores sobre el nuevo marco normativo y el futuro que se avecina en el sector público.














martes, 23 de octubre de 2012

Empleo Público en Descomposición


A continuación (AQUÍ) os adjunto un link que ha tenido a bien enviarme Rafael Jiménez Asensio con las reflexiones acerca de los recortes ya realizados y los que han de venir  como consecuencia del inminente rescate a España  y el impacto curioso que se está produciendo en la institución del  empleo público, sobre todo, en el personal laboral.

En él se apunta como hecho cierto  el proceso de homogenización de las condiciones laborales que está sucediendo entre el personal funcionario y ciertos empleados públicos laborales que se habían quedado extramuros de la regulación del EBEP.

Homogeneización que debiéramos bautizar más bien como "igualación a la baja o en los recortes", lo que no deja de suscitar debates y divergencias entre el conjunto del personal del sector público que todavía asiste incrédulo a esta cura de adelgazamiento que se ha impuesto en la práctica y que, como era de esperar, está siendo cuestionada por el Sector Privado, que demanda, no sin razón, mayor profundización en los ajustes emprendidos, pero también, y es lo que ha encendido las señales de alarma, en el seno de nuestras organizaciones,  dando lugar a una verdadera degeneración en el ambiente y la cultura organizacional.

En todo caso, como bien se apunta al final del texto, la  citada homogeneización  dista mucho de ser real, puesto que  el personal laboral, y dentro del mismo, el laboral  sujeto al EBEP,  se encuentra en una posición de vulnerabilidad absoluta, discriminado frente al personal funcionario,  pero también y de forma injusta frente al personal de tipo laboral cuya regulación queda fuera del EBEP.

Hechos ciertos que, como ya me ha ocurrido en otras ocasiones, me recuerdan a un pasado que creía  lejano con la aprobación del EBEP, y que quizad y  espero que sólo en mi mente, pueda dar lugar a la emergencia de un amasijo de reglamentaciones en función de las clases de empleados públicos que coexisten en la realidad de nuestras organizaciones públicas, lo que provocará  una regresión de los avances conseguidos con el denominado Estatuto del Empleo Público.

Todavía recuerdo aquel Godot esperado que llegaba por fin con la aprobación del EBEP allá por el año 2007, si bien, como sabemos, con entrada en vigor diferida en muchos de sus puntos, probablemente los que más revelaban la experiencia modernizadora que estaba detrás de esa agenda reformista.

Pues bien, me quedo a la espera de las próximas medidas que nos depara el futuro de la gestión del empleo público de nuestro país. Elementos de reforma que, en mi opinión, debieran seguir la  hoja de ruta implantada por el EBEP,  apuntandos en post anteriores, como son: la institucionalización de una Dirección Pública profesionalizada mediante la aprobación de un Estatuto del Directivo Público,desarrollo de la carrera horizontal e implantación de sistemas de evaluación del desempeño...

En definitiva, medidas de reforma que harán ganar en eficacia y en eficencia al Sector Público, y con ello, mejorarán la experiencia vivida por el conjunto de los ciudadanos clientes en la recepción de los servicios públicos.



miércoles, 13 de junio de 2012

Humanismo en la Gestión de Recursos


Como afirma PALOMAR OLMEDA la Evaluación del Rendimiento es uno de los elementos más  novedosos y esperanzadores para los teóricos de la gestión pública que introduce el nuevo Estatuto Básico del Empleado Público. Es además un instrumento complejo de adaptar, sobre todo si se tiene en cuenta que no existe un bagaje extenso en estos aspectos en nuestras Administraciones. Sin embargo, cualquier sistema de evaluación es mejor que su no existencia

En post anteriores vengo reflexionando sobre la modernización de nuestra gestión pública. 

Particularmente me lleva de cabeza un tema concreto: cómo lograr incluir en la agenda reformista  la evaluación del rendimiento.

El elemento humano en las organizaciones públicas es un componente estratégico que se debiera concebir como su activo principal. En el seno de éstas, los empleados públicos demandan la existencia de una evaluación de desempeño que se vincule a la carrera profesional y a las expectativas de progreso y promoción,  al tiempo que sirva como parámetro de reconocimiento de componentes variables en los sistemas retributivos.

Ante estas posiciones, parece evidente la necesidad de reformar el Sistema de Gestión de Rendimiento existente. La actualidad del tema  se ve ratificada en España como consecuencia de la debacle económica que estamos experimentando,  coincidiendo  los gestores públicos no sólo respecto a su relevancia sino también sobre la dificultad de ponerla en marcha, de lo que da fe la escasez de buenas prácticas en este sentido. Por ello, cabe preguntarse el porqué y cuáles son los argumentos que avalan estas posiciones.

- En primer lugar,  la necesaria coordinación que debe existir entres las políticas y elmentos que configuran el sistema de Gestión de los Recursos Humanos. En efecto, se ha demostrado que sin un bueno modelo de evaluación del rendimiento no puede haber un idóneo sistema de formación, de desarrollo, de remuneración o de planificación.
- Otras razones se orientan hacia la mejora de la imagen de la Administración Pública, cuya actuación tiene que estar presidida por el principio de la transparencia, y por tanto, sin reticencias u actuaciones que pretendan ocultar el grado de rendimiento y productividad . Demostrando con ello que es la propia organización administrativa es la primera interesada en buscar esa mayor eficacia y eficiencia.
Cierto es que  la realidad a la que debe servir la Nueva Gestión Pública (NPM) se encuentra vinculada a una Economía Global Postindustrial. Una sociedad del conocimiento en la que el papel del Estado y su forma de gestionar lo público ha evolucionado,  imperando el cambio organizacional.  

 Efectivamente, la situación de escasez de recursos económicos, conlleva mayor control del gasto público y establecimiento de prioridades. Sin embargo, contamos con armas  para controlar la productividad de nuestras Administraciones, como son: las técnicas de control de gestión, la evaluación de programas, la dirección por objetivos y,  por lo que ahora nos interesa, la evaluación de Rendimiento.
La evaluación de Rendimiento es un instrumento muy potente de gestión de RRHH que actúa directamente sobre el comportamiento de los empleados, pudiento introducir cambios positivos en la organización , si se utiliza adecuadamente.
La evaluación no es fácil y existe un riesgo evidente de que se transforme en un proceso rutinario, de rellenar impresos, sin impacto alguno en el comportamiento de los trabajadores y, por ende, en la mejora de resultados. Sin embargo, la evaluación también puede aportar elementos positivos, siempre que se den dos condicionantes:
  • El primero, que esté bien planteada.
  • y el segundo, que se aborde la problemática de su implementación
En cuanto a los objetivos de la evaluación, pueden abordarse desde varios puntos de vista, aunque ahora voy a resaltar dos grandes orientaciones con sus ventajas y sus desventajas.

  • El Enfoque valoración, plantea la evaluación del rendimiento en el sentido tradicional del término, buscando la base objetiva sobre la que fundamentar las decisiones sobre Gestión de los RRHH, en áreas como: retribuciones, despidos, promoción. En este enfoque el empleado público esperará recompensas concretas, y si no las obtiene o éstas son menores, experimentará una frustración.
  • Más interesante desde mi punto de vista,  es el Enfoque de Desarrollo Profesional. Desde esta óptica, la evaluación se plantea como un instrumento para la mejora. Se orienta a impulsar el desarrollo profesional de los trabajadores a través de las áreas de mejora y el establecimiento de compromisos en materias de formación, promoción y carrera. En esta enfoque, el empleado buscará obtener información y orientaciones para su desarrollo y carrera profesional, asi como feed back y reconocimiento por la tarea realizada.
Como  finalidades básicas que persigue la Evaluación del Rendimiento, se puden citar tres esenciales:

* La evaluación  cohesiva de la política de Recursos Humanos

* La evaluación impulsora del liderazgo de los directivos públicos, reforzando el papel de gestor de
empleados.

* y por último, la evaluación  orientadora de la conducta de los empleados hacia las necesidades de la organización.


MANUEL BLASCO LEGAZ define la  Evaluación del Rendimiento como una función de la dirección. Son, por tanto, los directivos quienes deben asumir la responsabilidad y el protagonismo en las decisiones sobre los empleados. Sólo de esta forma puede romperse el círculo vicioso de la inhibición de los responsables ante todo aquello que afecta a sus subordinados.


La Evaluación del Rendimiento puede ser introducida, y así lo ha sido en las Admninistraciones Públicas. Ahora bien, es una herramienta que por su gran fuerza debe incardinarse en el Sistema de Gestión.
Un sistema adecuado de evaluación del desempeño se apoya en una Dirección por Objetivos, que permita fijar metas a los individuos y los equipos sobre las que rendir cuentas de forma periódica.

Ello debe complementarse con la fijación a cada individuo de objetivos de desarrollo profesional y con una tarea de seguimiento y apoyo personalizado por parte de los directivos. Además, la evaluación es un procso continuo que se traducirá en los siguientes resultados:

  • Retroalimentación, es decir, reconocimiento y exigencia de responsabilidadades
  • En la carrera profesional, tanto en forma de formación específica, como de asignación de tareas y proyectos, y en el sistema de provisión de puestos de trabajo.
  • Asimismo, podría ser un componente de la retribución variable en aquellas organizaciones que lo permita el servicio prestado
  • y por último, podría facilitar la toma de decisiones en materia de redimensión de plantillas e incluso en procedimientos disciplinarios.

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martes, 12 de junio de 2012

La Reinvención de las Administraciones Públicas





Pintura de la dinastía ming



La dinastía Tang se hizo con el poder en el milenario imperio chino enel siglo VII y se mantuvo hasta comienzos del siglo X. La época Tang fueun período de esplendor sin precedentes. Se realizó una reforma administrativa que estableció un sistema de elección de funcionarios públicos que, en muchos aspectos, ha sobrevivido hasta la actualidad. Se dio más poder al gobierno imperial y se reorganizaron los podereslocales. También se estableció un nuevo código de leyes muy avanzado.

Las Administraciones públicas del s. XXI han cambiado. Frente al estereotipo de las organizaciones burocráticas, basadas en las relaciones jerárquicas, sobrecargadas de montañas de papeles y caracterizadas por la opacidad y la esacasa o nula relación con los ciudadanos, hoy en día se recupera la noción del servicio al ciudadano como referente de toda la actuación.

A todos nos suena ya la melodía de  la Reforma Administrativa que nos trae conceptos novedosos como el empowerment, accountability, governance, public private parnetship, servicios de interés general, obligaciones de servicio público, y benchmarking. En definitiva, vocubulario gerencial que define una nueva manera de administrar, abierta y plenamente interaccionada con el ciudadano cliente, que reinventa los Estados y los Gobiernos, como ya vaticinaran  OSBORNE Y GAEBLER.

Las Administraciones Públicas son objeto de estudio desde diferentes puntos de vista, que van desde la Teoría Política, al entendimiento como un sistema dentro del subsistema social, e incluso con un enfoque sociológico. Sin embargo, ha sido la Ciencia de la Administración, la que con un marcado carácter interdisciplinar se ha acercado a esta realidad administrativa con un enfoque distinto.

Desde la perspectiva de la Ciencia de la Administración, el objeto de estudio de las Administraciones públicas se sitúa en la vertiente del Estado organización, sin olvidar el contexto político en el que nos encontramos. Asimismo, se ofrece una visión sobre los objetivos, el cambio y el crecimiento que el Sector Público ha experimentado en los últimos años, motivado en parte por la idea de satisfacer las masivas demandas de los ciudadanos.

BAENA DE ALCÁZAR define a las Administraciones Públicas como organizaciones con un marcado fin institucional: "el servicio a los intereses generales". Fórmula generalista que condensa  lo que representan a la Administración de nuestros días, resumida en  la Constitución Española en su artículo 103.

Ya hemos avanzado que las Administraciones Públicas y su papel en la sociedad ha cambiado sobremanera con la afirmación de los Estados Sociales y de Derecho. Con ello  no sólo se ha producido un incremento del volumen de recursos económicos necesarios para el cumplimiento de los programas políticos, sino que también se ha proyectado en la vertiente organizativa.

Las Administraciones Púbicas de hoy en día no pueden entenderse como una monolítica uniformidad, sino que cada vez más hay que prestar atención a la pluralidad, por la diversidad de intereses en juego, más si cabe, en un Estado Compuesto como el nuestro. Por ello, desde la Economía de las organizaciones se apuntala como valor en alza la maximización de la racionalidad de las actuaciones públicas, lo que comporta un cambio cultural. Las burocracias actuales tienen que aprender a gestionar la complejidad, sin olvidar la rendición de cuentas a los ciudadanos. Se busca la optimalidad de los recursos y se hace hincapié en la responsabilidad por los Resultados.
Es un lugar común de la Economía del Bienestar que los poderes públicos han asumido como papel principal la "actividad prestacional" y para hacer realidad estos deseos se han tenido que estructurar, redimiensionar y abrirse a la competencia, tomando como referente de todo ello  el principio de la  la unidad de acción y el análisis coste beneficio.


Siendo evidente el cambio cualitativo que implica el paso  de la Cultura del trámite a la Filosofía del Resultado,  no lo es tanto que el principio jerárquico ya no sea suficiente para organizar lo público. La coordinación, la colaboración y el principio de lealtad institucional, son los verdaderos protagonistas de esta nueva forma de entender la actividad administrativa, y ésta es en mi opinión la gran asignatura pendiente de nuestros Estado Autonómico.
Bajo el lema de una Administración y una competencia, se está abriendo el camino hacia el paradigma de la Administración única y el Pacto Local que defiende la reordenación del Estado español en clave autonómica. Una apuesta decidida por avanzar en la profundización de  la división territorial del poder y no en su desintegración, que parte de la necesidad de su racionalización mediante el uso de fórmulas y mecanismos definidores de un  federalismo funcional, ejecutivo o de tipo cooperativo.  Postulados que, por otra parte, no se pueden detener únicamente en el ideario  político,  sino que se han de proyectar también en nuestros sistemas de financiación autonómco y local bajo fórmulas de federalismo fiscal.

Sobre estas ideas, baste apuntar ahora, el nuevo paquete de medidas legislativa que el Gobierno  y el Grupo de Expertos creado al efecto ha lanzado sobre la Reforma del Gobierno local, ampliamente demandada por el sector doctrinal, cuyo eco ya se ha hecho notar en los mentideros blogeros. estudiconsultoria.com

Por otra parte, ya en el interior de nuestras organizaciones, la pleyade de órganos y organismos que han surgido en nuestras comunidades, también  deben reconducirse a la unidad de dirección. Los gestores públicos que definen los objetivos con la máxima claridad posible, luego han de transmitirlos al  aparato burocrático, desde el empleado del máximo nivel jerárquico hasta el funcionario de ventanilla. Hay que hacer partícipes a los empleados de línea en la decisiones, para lograr el compromiso con los objetivos organizacionales.
 

domingo, 10 de junio de 2012

Rescate o Desnudo Europeo


Al escuchar anoche la confirmación del rescate de la banca española, inmediatente quise buscar análisis rigurosos, contrastar opiniones sobre qué es lo que se cuece en este hervidero que llamamos España y Europa.



Esperando el Rescate
 Las redes sociales y los periódicos digitales son una muestra representativa de esta realidad. Pero la imagen del escalofrio que nos recorre el cuerpo ha sido tomada por el sector blogero de forma certera, en este caso, lasblogenpunto.blogspot.com.



 


El contrapunto: que esta precipitación de hechos coincidiera con la marcha en bici que recorría ayer las calles de Madrid bajo el lema "nos sentimos desnudos ante la ausencia de protecciòn".

En todo caso, si bien la hoja de ruta marcada para España destaca por la rebaja en los sistemas de condicionalidad a nuestra política económica soberana, a nadie se le escapa la delgada línea roja que subyace a este proceso: la presencia de la sombra de algunos hombres de negro. Máxime, cuando todavía quedan pendientes de conocer los detalles de los mecanismos que definitivamente van a articular la canalización del bailout al gobierno español: la Facilidad Europea de Estabilidad Financiera (FEEF), el llamado fondo de rescate temporal, cuya vigencia se extiende hasta mediados de 2013, o el Mecanismo Europeo de Estabilidad (MEDE), el fondo de rescate permanente fijado a través de un Tratado por los países miembros del euro, cuya  entrada en vigor está prevista para el 1 de julio, aunque es probable que se retrase al 9 de julio ya que de momento solo ha sido ratificado por cuatro Estados. 

De particular interés por su centralidad en el debate público, son estos dos informes elaborados por Real Instituto Elcano de forma previa a la operación puesta en marcha que ahora comparto. El primero de ellos dedicado a explicitar las razones de economia politica que nos llevan a afirmar que el rescate a la española necesariamente se debía limitar al sector bancario. Y el segundo, reabriendo el dilema de la Europa a dos velocidades y la necesidad de apartar los sentimientos intergubernamentales en la arena europea, para avanzar en un proyecto politico de gobernanza europea.





Por todo lo anterior,  y aunque normalmente se suele afirmar que después de la tormenta viene la calma,  en esta ocasión sólo el  MoU podrá definitivamente despejar el diluvio desatado. Otra cosa bien distinta es que se esté vislumbrando un  horizonte en el proyecto de Unión Europea, donde los elementos federalizantes parece que se sitúan  un paso por delante frente a las aproximaciones de tipo funcionalista en este juego de estrategia.